Plan Extraordinario por el Empleo: Solicitudes hasta el 30 de marzo

Bases y convocatoria que rigen el proceso de selección del Plan Extraordinario por el Empleo con los baremos que se tomarán en cuenta.

La solicitud se podrá presentar hasta el 30 de Marzo de 2016, en el Registro del Ayuntamiento, en el Centro Social sito en Calle Coronel Monasterio número 2, en horario de 9:30 a 13:30 h, en la Casa Cultural en horario de 15:00 a 21:00 horas, así como de forma telemática a través de la sede electrónica de este Ayuntamiento: anoverdetajo.sedelectronica.es.

Todas las comunicaciones que se produzcan durante el proceso de selección, serán publicadas en el Tablón de Edictos de este Ayuntamiento, de tal forma que el interesado deberá estar pendiente de las mismas para cumplir con los plazos y cualquier otro requerimiento que se pueda establecer por las bases de esta convocatoria, quedando el Ayuntamiento exento de comunicar de manera individual cualquier situación en la que pudiera incurrir el candidato como consecuencia de su solicitud de participación en el proceso.

Documentación a presentar

Además de la solicitud, el anexo, la fotocopia del DNI o del NIE, la fotocopia de la tarjeta de demandante de empleo del solicitante y de los miembros de la unidad familiar en edad laboral que se encuentren desempleados y la fotocopia del libro de familia donde figuren el matrimonio y los hijos, es necesario presentar la documentación que acredite las diferentes situaciones especiales: víctima de violencia de género, discapacidad, situación económica y la responsabilidad familiar, etc.

También hay que entregar la fotocopia de la titulación o formación que le capacita para el puesto de oficial o fotocopia de los contratos de trabajo que acrediten la experiencia relacionada con el puesto a desempeñar y certificado de vida laboral.

Puestos: Peones, Oficiales 1ª de Albañilería,  Auxiliares administrativos, Oficial 1ª de Jardinería.

Retribuciones económicas:

La contratación se realizará a jornada completa por 6 meses. El horario de trabajo se adaptará a las condiciones específicas del servicio y de sus necesidades. El salario será de 750,00 euros brutos mensuales, incluida la parte proporcional de la paga extraordinaria para todos los puestos, excepto para los oficiales, que será de 900 euros brutos mensuales, incluida la parte proporcional de la paga extraordinaria.

Baremos

1º El primer lugar en la selección lo ocuparán las mujeres víctimas de violencia de género.

2º Para el resto de puestos se tendrá en cuenta la siguiente baremación:

A) – Por haber agotado el solicitante su última prestación o subsidio por desempleo o cualquier otro tipo de protección desde 1 de agosto de 2015 al 28 de diciembre de 2015: 6 puntos

– Por haber agotado el solicitante su última prestación o subsidio por desempleo o cualquier otro tipo de protección en el periodo comprendido entre el 1 de Febrero de 2015 y el 31 de julio de 2015: 8 puntos

– Por haber agotado el solicitante su última prestación o subsidio por desempleo o cualquier otro tipo de protección en el período comprendido entre el 31 de agosto de 2014 y el 30 de Enero de 2015: 10 puntos

B) -Para el cálculo de las responsabilidades familiares del solicitante en relación con su situación socioeconómica , la Comisión de Selección baremará el resultado obtenido al aplicar lo establecido en el Art. 275.3 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/15 de 30 de octubre en atención al siguiente baremo:

. Del 75% al 70% del SMI: 0,5 puntos

. Del 69% al 65% del SMI: 1 punto

. Del 64% al 60% del SMI: 2 puntos

. Del 59% al 55% del SMI: 3 puntos

. Del 54% al 50% del SMI: 4 puntos

. Del 49% al 45% del SMI: 5 puntos

. Del 44% al 40% del SMI: 6 puntos

. Del 39% al 35% del SMI: 7 puntos

. Del 34% al 30% del SMI: 8 puntos

. Del 29% al 25% del SMI: 9 puntos

. Menos del 25% del SMI: 10 puntos

. Sin ingresos en la unidad familiar: 12 puntos

C) Para aquellos que según lo establecido en el Art. 275.3 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015 de 20 de Junio, tengan responsabilidades familiares, por cada una de las cargas: 0,5 puntos (0,7 puntos si estas personas tienen alguna discapacidad)

D) Por tener el solicitante el gasto mensual del pago de su primera vivienda, residencia habitual de la unidad familiar y siendo esta la dirección de empadronamiento (hipoteca o alquiler): 1 punto

E) Por tener en la unidad familiar una persona dependiente y además, todos los miembros en edad laboral desempleados: 1 punto

F) Por no haber trabajado en el Ayuntamiento de Añover a jornada completa en los seis últimos meses, tomando como fecha la de la oferta genérica en la Oficina de Empleo: 1 punto.

En caso de empate, se desempatará teniendo en cuenta que tendrá preferencia la mujer respecto al hombre, y si sigue habiendo empate tendrá preferencia el de mayor edad.

 

 

Solicitud de Admisión

Anexo II (hay que rellenarlo y entregarlo junto a la solicitud)

Bases y convocatoria que rigen la contratación de trabajadores