Régimen Interno
Reglamento Régimen Interno Ludoteca Municipal
1.- Concepto:
Se entiende por Ludoteca aquel centro social que desarrolla actividades lúdicas, recreativas, educativas y culturales, en horario extra escolar, a través de un proyecto lúdico socio educativo, guiado por profesionales, con el objetivo de desarrollar la personalidad del niño/a y estimular las relaciones con otros/as niños/as, padres/madres y educadores. Por todo ello:
* La Ludoteca no es una guardería.
* La Ludoteca no es un espacio para celebrar cumpleaños.
* La Ludoteca no es un salón recreativo.
* La Ludoteca no es un taller en si mismo, aunque realice actividades manuales.
2.- Emplazamiento:
La Ludoteca municipal «tu Ludoteca amiga» se ubica en la calle Julián Besteiro, nº 2, en Añover de Tajo, Toledo.
3.- Objetivos:
Los objetivos generales son:
* Aumentar y favorecer la comunicación del niño/a con los adultos
* Orientar a los padres/madres en lo referente al juego y a los juguetes
* Favorecer el desarrollo integral del niño/a a través del juego
* Rescatar el juego tradicional.
* Integración de grupos marginales y con discapacidad física, psíquicas y sensoriales.
* Favorecer la participación de familias en la Ludoteca.
4.- Usuarios:
Los usuarios de la Ludoteca municipal son niños/as de edad comprendidas entre los 3 (ya escolarizados) y 14 años cumplidos.
5.- Horarios:
La Ludoteca abrirá en horario extra escolar durante los meses de octubre a junio en horario de 17:00 a 20:00 horas y en horario de mañana en vacaciones de Navidad y mes de julio de 10:00 a 13:00 o en horario ampliado de 9:00 a 14:00 horas.
La distribución de días y horario estará condicionado a la demanda del servicio y a la edad de los usuarios.
6.- Criterios de admisión:
No existirá lista de reserva, en caso de existir mayor demanda que plazas existentes (25 por grupo) se llevara a cabo una elección de días, intentando equiparar grupos y edades. Para aquellos usuarios con características especiales (discapacidad, problemas conductuales, dificultad social….) se establecerán unos protocolos especiales:
* Cada caso especial se valora individualmente, teniendo en cuenta las características del grupo ya formado en el que vaya a participar.
* Es necesario presentar un informe por parte de las familias sobre el niño/a realizado por un profesional en el que conste el tipo y grado de discapacidad o dificultad así como las pautas a seguir en relación con su comportamiento.
7.- Cuota de participación:
Se establece la siguiente cuota correspondiente a la prestación correspondiente a la prestación del servicio de Ludoteca municipal. Matricula 25€ Anual 36€, bono diez 10€, bono cinco 6€, bono mensual 10€.
8.- Funcionamiento:
La Ludoteca dispone de un proyecto lúdico socioeducativo anual que proporciona coherencia a su organización y funcionamiento en el que se incluyen los siguientes aspectos:
* Objetivos.
* Metodología.
* Actividades a desarrollar con niños/as y sus familias.
* Horario y calendario.
* Sistemas de evaluación.
Se puede nombrar las actividades programadas en tres grupos:
* Juego libre: actividades lúdicas que se realizan espontáneamente y libremente.
* Actividad programada: en un tiempo controlado se realizan actividades dirigidas para facilitar el desarrollo pisco otro, cognición, critico, creativo y afectivo del niño/a.
* Actividades extraordinarias: se incluyen todas aquellas actividades que se realizan rompiendo la dinámica habitual de la Ludoteca, (gymkanas, visitas culturales, fiestas……) La Ludoteca también podrá programar actividades para las familias que podrán ser formativas, informativas, y participativas. Para el desarrollo de las actividades, la Ludoteca podrá contar con el apoyo de personal becario, voluntario, o en prácticas.
El personal encargado de la Ludoteca deberá desempeñar las siguientes funciones:
* Organización de grupos y horarios.
* Inventario de material, calificación, y catalogación.
* Información y promoción del servicio.
* Diseño y desarrollo de actividades y programas.
* Evaluación de actividades.
* Seguimiento individualizado de niños/as.
* Atención y orientación a los padres/madres o tutores.
* Información y coordinación con el Ayuntamiento.
* Control de asistencia, matriculaciones, altas y bajas.
9.- Derechos y deberes de los usuarios:
* Derechos:
– Hacer uso de la Ludoteca Municipal disfrutando de sus bienes y servicios.
– Solicitar información de las actividades y programa anual.
– Recibir un trato respetuoso y digno por parte de los responsables y voluntarios de las actividades propias del servicio.
– A proponer actividades y efectuar propuestas sobre cualquier aspecto que afecte al funcionamiento del servicio.
* Deberes:
– Respeto en general a los usuarios y a los profesionales destinados en el servicio. -Hacer uso correcto de los bienes y servicio de Ludoteca.
– Los usuarios deberán atender las indicaciones referentes a usos de los diferentes materiales que les sean planteados por los responsables de las instalaciones.
– Contribuir de acuerdo con la Ordenanza reguladora de las tasas Municipales.
10.- Se considera falta el incumplimiento total o parcial de las obligaciones establecidas en el presente reglamento.
* Faltas leves:
– Deterioro por negligencia de instalaciones o material, así como su perdida.
– Falta de respeto a los compañeros. -Falta de respeto al personal encargado del servicio.
* Faltas graves:
– Reiteración de las infracciones leves. -Actos de indisciplina, injurias u ofensas graves contra los miembros del ayuntamiento o contra los monitores/as del centro.
– Causar de forma intencionada daños en las instalaciones o el material de la Ludoteca.
– Impedir el adecuado desarrollo de las actividades programadas.
* Faltas muy graves.
– Agresiones físicas o Morales, sustracción de bienes y daños graves contra los usuarios o encargados de la Ludoteca.
– Falsificación de datos. -Incumplimiento de las sanciones impuestas. Previo expediente disciplinario tramitado al efecto y con audiencia al interesado.
Las faltas leves podrán ser sancionadas con:
– Amonestación privada o por escrito.
– Suspensión de derecho de asistencia a todas las actividades de la Ludoteca durante el período de uno a tres días.
Las faltas graves podrán ser sancionadas con:
– Realización de tareas destinadas a reparar el daño causado.
– Suspensión del derecho de asistencia a todas las actividades de la Ludoteca durante el periodo de una semana a quince días.
– Multa equivalente al coste de los daños causados al material o a las instalaciones.
Las faltas muy graves podrán ser sancionadas con:
– Expulsión definitiva de la Ludoteca.
– Multa equivalente al doble del coste de los daños causados al material o a las instalaciones.